IV. Los remedios

El poder civil

20. Siendo las cosas así, los gobernantes y estadistas, de haber querido seguir los dictados de la razón, de la sabiduría y de la misma utilidad de los pueblos, debieron preferir que las sagradas leyes sobre el matrimonio permanecieran intactas y prestar a la Iglesia la oportuna ayuda para tutela de las costumbres y prosperidad de las familias, antes que constituirse en sus enemigos y acusarla falsa e inicuamente de haber violado el derecho civil.

21. Y esto con tanta mayor razón cuanto que la Iglesia, igual que no puede apartarse en cosa alguna del cumplimiento de su deber y de la defensa de su derecho, así suele ser, sobre todo, propensa a la benignidad y a la indulgencia en todo lo que sea compatible con la integridad de sus derechos y con la santidad de sus deberes. Por ello jamás dictaminó nada sobre matrimonios sin tener en cuenta el estado de la comunidad y las condiciones de los pueblos, mitigando en más de una ocasión, en cuanto le fue posible, lo establecido en sus leyes, cuando hubo causas justas y graves para tal mitigación. Tampoco ignora ni niega que el sacramento del matrimonio, encaminado también a la conservación y al incremento de la sociedad humana, tiene parentesco y vinculación con cosas humanas, consecuencias indudables del matrimonio, pero que caen del lado de lo civil y respecto de las cuales con justa competencia legislan y entienden los gobernantes del Estado.

El poder eclesiástico

22. Nadie duda que el fundador de la Iglesia, nuestro Señor Jesucristo, quiso que la potestad sagrada fuera distinta de la civil, y libres y expeditas cada una de ellas en el desempeño de sus respectivas funciones; pero con este aditamento: que a las dos conviene y a todos los hombres interesa que entre las dos reinen la unión y la concordia, y que en aquellas cosas que, aun cuando bajo aspectos diversos, son de derecho y juicio común, una, la que tiene a su cargo las cosas humanas, dependa oportuna y convenientemente de la otra, a que se han confiado las cosas celestiales. En una composición y casi armonía de esta índole se contiene no sólo la mejor relación entre las potestades, sino también el modo más conveniente y eficaz de ayuda al género humano, tanto en lo que se refiere a los asuntos de esta vida cuanto en lo tocante a la esperanza de la salvación eterna. En efecto, así como la inteligencia de los hombres, según hemos expuesto en anteriores encíclicas, si está de acuerdo con la fe cristiana, gana mucho en nobleza y en vigor para desechar los errores, y, a su vez, la fe recibe de ella no pequeña ayuda, de igual manera, si la potestad civil se comporta amigablemente con la Iglesia, las dos habrán de salir grandemente gananciosas. La dignidad de la una se enaltece, y yendo por delante la religión, jamás será injusto su mandato; la otra obtendrá medios de tutela y de defensa para el bien común de los fielés.

23. Nos, por consiguiente, movidos por esta consideración de las cosas, con el mismo afecto que otras veces lo hemos hecho, invitamos de nuevo con toda insistencia en la presente a los gobernantes a estrechar la concordia y la amistad, y somos Nos el primero en tender, con paternal benevolencia, nuestra diestra con el ofrecimiento del auxilio de nuestra suprema potestad, tanto más necesario en estos tiempos cuanto que el derecho de mandar, cual si hubiera recibido una herida, se halla debilitado en la opinión de los hombres. Ardiendo ya los ánimos en el más osado libertinaje y vilipendiando con criminal audacia todo yugo de autoridad, por legítima que sea; la salud pública postula que las fuerzas de las dos potestades se unan para impedir los daños que amenazan no sólo a la Iglesia, sino también a la sociedad civil.

Exhortación a los obispos

24. Mas, al mismo tiempo que aconsejamos insistentemente la amigable unión de las voluntades y suplicamos a Dios, príncipe de la paz, que infunda en los ánimos de todos los hombres el amor de la concordia, no podemos menos de incitar, venerables hermanos, exhortándoos una y otra vez, vuestro ingenio, vuestro celo y vigilancia, que sabemos que es máxima en vosotros. En cuanto esté a vuestro alcance, con todo lo que pueda vuestra autoridad, trabajad para que entre las gentes confiadas a vuestra vigilancia se mantenga íntegra e incorruptible la doctrina que enseñaron Cristo Nuestro Señor y los apóstoles, intérpretes de la voluntad divina, y que la Iglesia católica observó religiosamente ella misma y mandó que en todos los tiempos observaran los fieles cristianos.

25. Tomaos el mayor cuidado de que los pueblos abunden en los preceptos de la sabiduría cristiana y no olviden jamás que el matrimonio no fue instituido por voluntad de los hombres, sino en el principio por autoridad y disposición de Dios, y precisamente bajo esta ley, de que sea de uno con una; y que Cristo, autor de la Nueva Alianza, lo elevó de menester de naturaleza a sacramento y que, por lo que atañe al vínculo, atribuyó la potestad legislativa y judicial a su Iglesia. Acerca de esto habrá que tener mucho cuidado de que las mentes no se vean arrastradas por las falaces conclusiones de los adversarios, según los cuales esta potestad le ha sido quitada a la Iglesia. Todos deben igualmente saber que, si se llevara a cabo entre fieles una unión de hombre con mujer fuera del sacramento, tal unión carece de toda fuerza y razón de legítimo matrimonio; y que, aun cuando se hubiera verificado convenientemente conforme a las leyes del país, esto no pasaría de ser una práctica o costumbre introducida por el derecho civil, y este derecho sólo puede ordenar y administrar aquellas cosas que los matrimonios producen de sí en el orden civil, las cuales claro está que no podrán producirse sin que exista su verdadera y legítima causa, es decir, el vínculo nupcial.
Importa sobre todo que estas cosas sean conocidas de los esposos, a los cuales incluso habrá que demostrárselas e inculcárselas en los ánimos, a fin de que puedan cumplir con las leyes, a lo que de ningún modo se opone la Iglesia, antes bien quiere y desea que los efectos del matrimonio se logren en todas sus partes y que de ningún modo se perjudique a los hijos. También es necesario que se sepa, en medio de tan enorme confusión de opiniones como se propagan de día en día, que no hay potestad capaz de disolver el vínculo de un matrimonio rato y consumado entre cristianos y que, por lo mismo, son reos de evidente crimen los cónyuges que, antes de haber sido roto el primero por la muerte, se ligan con un nuevo vínculo matrimonial, por más razones que aleguen en su descargo. Porque, si las cosas llegaran a tal extremo que ya la convivencia es imposible, entonces la Iglesia deja al uno vivir separado de la otra y, aplicando los cuidados y remedios acomodados a las condiciones de los cónyuges, trata de suavizar los inconvenientes de la separación, trabajando siempre por restablecer la concordia, sin desesperar nunca de lograrlo. Son éstos, sin embargo, casos extremos, los cuales sería fácil soslayar si los prometidos, en vez de dejarse arrastrar por la pasión, pensaran antes seriamente tanto en las obligaciones de los cónyuges cuanto en las nobilísimas causas del matrimonio, acercándose a él con las debidas intenciones, sin anticiparse a las nupcias, irritando a Dios, con una serie ininterrumpida de pecados. Y, para decirlo todo en pocas palabras, los matrimonios disfrutarán de una plácida y quieta estabilidad si los cónyuges informan su espíritu y su vida con la virtud de la religión, que da al hombre un ánimo fuerte e invencible y hace que los vicios dado que existieran en ellos, que la diferencia de costumbres y de carácter, que la carga de los cuidados maternales, que la penosa solicitud de la educación de los hijos, que los trabajos propios de la vida y que los contratiempos se soporten no sólo con moderación, sino incluso con agrado.

Matrimonios con acatólicos

26. Deberá evitarse también que se contraigan fácilmente matrimonios con acatólicos, pues cuando no existe acuerdo en materia religiosa, apenas si cabe esperar que lo haya en lo demás. Más aún: dichos matrimonios deben evitarse a toda costa, porque dan ocasión a un trato y comunicación vedados sobre cosas sagradas, porque crean un peligro para la religión del cónyuge católico, porque impiden la buena educación de los hijos y porque muchas veces impulsan a considerar a todas las religiones a un mismo nivel, sin discriminación de lo verdadero y de lo falso. Entendiendo, por último, que nadie puede ser ajeno a nuestra caridad, encomendamos a la autoridad de la fe y a vuestra piedad, venerables hermanos, a aquellos miserables que, arrebatados por la llama de las pasiones y olvidados por completo de su salvación, viven ilegalmente, unidos sin legítimo vínculo de matrimonio. Empeñad todo vuestro diligente celo en atraer a éstos al cumplimiento del deber, y, directamente vosotros o por mediación de personas buenas, procurad por todos los medios que se den cuenta de que han obrado pecaminosamente, hagan penitencia de su maldad y contraigan matrimonio según el rito católico.

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